¿Cómo se solicita la extinción de la pensión alimenticia? ¿En qué casos se puede presentar una demanda de extinción de la pensión de alimentos? ¿Cuál debe ser el contenido de la demanda de extinción de la pensión de alimentos? ¿Dónde se debe presentar la demanda de extinción de la pensión de alimentos? ¿Se puede dejar de pagar la pensión de alimentos al presentar la demanda? Estas son algunas de las preguntas que más buscadas en internet en relación a esta casuística en el último mes y el abogado experto en derecho de familia, Héctor José Sánchez Rodríguez, responde a continuación a todas ellas.
¿Cómo se solicita la extinción de la pensión alimenticia?
Para solicitar la extinción de pensión alimenticia es necesario presentar ante el mismo Juzgado que ha llevado la demanda de divorcio o de medidas paterno filiales una demanda de modificación de medidas definitivas cuyo objeto sea la extinción de la pensión alimenticia del hijo mayor de edad.
¿En qué casos se puede presentar una demanda de extinción de la pensión de alimentos?
Para presentar una demanda de extinción de la pensión de alimentos es necesario probar que los hijos mayores de edad pueden valerse por ellos mismos, personal y económicamente, y si no se da ese caso que no hayan incurrido en una dejadez absoluta tanto respecto a sus estudios o respecto a la búsqueda de trabajo.
Por ejemplo, la Sentencia de la Audiencia Provincial de Cantabria de 23 de febrero 2021 afirmó que no procedía reconocer alimentos a una hija de 20 años que no había acreditado que cursara estudio alguno al tiempo del juicio y tampoco que, ni siquiera, fuese demandante de empleo, concurriendo por consiguiente una situación de pasividad en orden a su formación y a procurarse ingresos.
Por último, existe otra causa de extinción de la pensión de alimentos cuya aplicación requiere de aún más prueba porque no es una situación fácil en lo personal como es la ausencia de relación entre el hijo o hija y su padre o madre no custodio y que dicha ausencia de relaciones sea por el el hijo o hija así lo han querido.
¿Cuál debe ser el contenido de la demanda de extinción de la pensión de alimentos?
Teniendo en cuenta los apartados precedentes, el contenido de la demanda de extinción de la pensión de alimentos debe poder probar todo lo explicado hasta ahora, teniendo en cuenta el dicho popular: “no sólo hay que tener razón sino probar que se tiene razón”; esto es: que exista un cambio importante de circunstancias posteriormente a la sentencia de divorcio o medidas, que el hijo o hija tiene un trabajo estable, que el hijo o hija fracasa en los estudios no porque no tenga capacidad sino por desidia, que el hijo o hijo ni estudia ni trabaja ni siquiera se molesta en apuntarse al SEPE o que el hijo o hija no quiera ver a su progenitor a pesar de los intentos de este o esta de verlos.
¿Dónde se debe presentar la demanda de extinción de la pensión de alimentos?
La demanda de extinción de la pensión de alimentos debe presentarse en el mismo Juzgado que acordó las medidas definitivas que es el mismo Juzgado que ha llevado la demanda de divorcio o de medidas paterno filiales.
¿Se puede dejar de pagar la pensión de alimentos al presentar la demanda?
Rotundamente NO. Hay una sentencia firme que se debe cumplir por eso es necesario presentar demanda de modificación definitiva de dicha sentencia en relación con la extinción de la pensión de alimentos.
Lo que sí se puede hacer es solicitar medidas provisionales junto a la demanda para suspender el pago o reducirlo hasta la sentencia firme pero siempre después de la resolución judicial que ponga fin a dichas medidas provisionales puesto que la mera interposición de una demanda NO suspende de forma automática y unilateral el cumplimiento de una resolución judicial firme.