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Proveedores, vencimiento de facturas y subvenciones

Proveedores, vencimiento de facturas y subvenciones

Proveedores, vencimiento de facturas y subvenciones. Abogado en Gijón

¿La empresa o usted, autónomo o autónoma, van a solicitar una subvención? ¿Entre la documentación a presentar han tenido en cuenta el vencimiento de las facturas a sus proveedores o, dicho de otro modo, los plazos de pago a sus proveedores? Pues ahora es un requisito fundamental como veremos a continuación porque se aplica a todas las subvenciones publicadas desde la fecha que se indica a continuación pero también a las pendientes de resolución.

Una fecha a tener en cuenta: 19 de octubre 2022. Desde ese día para ser beneficiario de una subvención de importe superior a los treinta mil euros se debe cumplir con los plazos de pago a proveedores establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales (Ley de Morosidad). Y el 29 de julio 2023 ya no se deja lugar a la duda ya que el  Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, modifica en su artículo 214 el apartado 3 bis del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

A continuación se resuelven algunas de las dudas que puedan tener:

¿Cómo se cumplen los plazos de pago a proveedores?

Treinta días naturales después de la recepción de las mercancías o prestación de servicios. Si es necesaria conformidad, otros treinta días. Siempre un máximo de sesenta días.

¿Cómo se justifica el cumplimiento?

Las personas físicas y jurídicas que pueden presentar una cuenta de pérdidas y ganancias abreviada pueden hacerlo mediante una declaración de responsable por el órgano de administración que afirme cumplir los plazos de pago establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre.

Las personas jurídicas que no pueden presentar una cuenta de pérdidas y ganancias abreviada:

  • Certificación emitida por un auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC), que contenga una trascripción desglosada de la información sobre pagos descrita en la memoria de las últimas cuentas anuales auditadas.
  • En caso de no ser posible emitir la certificación anterior, se puede utilizar un «Informe de Procedimientos Acordados» o declaración de responsable *(al final les pongo un ejemplo de declaración responsable de la Administración) elaborado por un auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC). Validez de 6 meses.

¿Cuál es la cuantía límite y efectos del incumplimiento del plazo de pago a proveedores?

  • No se podrá ser beneficiario de una subvención de más de treinta mil euros.
  • Para los beneficiarios de las ayudas se exige que los gastos justificados de los proyectos hayan sido pagados dentro del plazo.

 

Como pueden comprobar es un asunto delicado y de especial importancia, no dude en ponerse en contacto con este despacho y pedir asesoramiento. Héctor Sánchez tu Abogado en Gijón.