¿Le amenazan con incluirlo en registros de morosos? Abogado en Gijón
Defiéndase frente a esas prácticas de bancos y financieras de dudosa reputación.
Es una práctica habitual de bancos y financieras amenazar con la inclusión en registros de morosos que bien parecen cómplices de esas prácticas, a veces, coaccionadoras como si fuesen el “Cobrador del Frac” del Siglo XXI, sobre todo en estos tiempos de digitalización y redes sociales.
Recientemente el Tribunal Supremo ha publicado una importante sentencia que crea Jurisprudencia, en palabras más coloquiales, que pone orden y obliga tanto a bancos como financieras como a los propios registros de morosos a cumplir una serie de requisitos obligatorios antes de inscribir a nadie en ellos como medida de presión aún sabiendo que muchas veces tanto el banco como la financiera no tiene razón, por ejemplo, las reclamaciones de financieras donde la usura campa a sus anchas y es la financiera quien debe dinero (y mucho dinero a veces) al cliente que decidió dejar de pagar ante las prácticas de usura.
El Tribunal Supremo impide que bancos y financieras incluyan a los clientes que discrepan de la cuantía o la existencia de la deuda. Además, limita a los bancos el envío de datos de clientes a los registros de morosos si no hay una deuda “vencida, líquida y exigible“. Este tema, particularmente delicado debido a su impacto en derechos fundamentales como el honor o la protección de datos personales. La sentencia debe detener el envío masivo de datos de clientes a estos registros de morosos pero requiere que el cliente afectado se defienda y reclame contra los bancos, las financieras y los propios registros de morosos.
Qué significa que la deuda sea “vencida, líquida y exigible“:
- Vencida: la deuda no ha sido pagada en plazo.
- Líquida: la deuda tiene una cuantía concreta, generalmente, una cantidad de dinero.
- Exigible: la deuda es cierta, firme, no hay discusión alguna ni reclamación en marcha.
Concluyendo, la única defensa ante las amenazas de incluir al cliente de bancos y financieras en los registros de morosos es reclamarles, sobre todo, si por usura o créditos revolving o comisiones indebidas o gastos bancarios indebidos como los hipotecarios o seguros obligatorios son los bancos o financieras quienes deben dinero al cliente porque en este caso la deuda no cumple el requisito de la exigibilidad.
Y la reclamación puede ir dirigida a la nulidad del contrato, devolución de cantidades y/o petición de indemnización por vulnerar el derecho al honor o la protección de datos personales.
Si le amenazan con incluirlo en registros de morosos, no dude en ponerse en contacto con este despacho y pedir asesoramiento. Héctor Sánchez tu Abogado en Gijón.
